Finaliza el Seminario de Doctrina Constitucional, donde se abordaron sentencias como la de la eutanasia o el derecho al olvido

El pasado de 2 de marzo finalizó la nueva edición del “Seminario de doctrina constitucional”, en el que participaron profesores de la Universidad Complutense de Madrid, un magistrado del Tribunal Supremo y un letrado del Tribunal Constitucional. El seminario ha sido coordinado por el secretario general del Instituto de España, Andrés Ollero.

 La última sesión contó con la intervención de Jesús Víctor Contreras Ugarte, profesor del Área de Filosofía del Derecho de la UCM, quien analizó la STC 19/2023, mediante la cual se rechazó el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox contra diversos artículos de la Ley Orgánica 3/2021, de regulación de la eutanasia. En esa resolución, la mayoría del TC sostuvo que, aunque el derecho a la vida (art. 15 CE) es un derecho fundamental protegido, la regulación de la eutanasia no es incompatible con la Constitución cuando se articula con las garantías y procedimientos previsto. Esta sentencia contó con votos particulares discrepantes de algunos magistrados.

En esta última sesión, el ponente abordó cuestiones tan relevantes como ¿Existe realmente un derecho a morir en España? ¿Puede el Tribunal Constitucional crear nuevos derechos fundamentales?  o ¿Qué significa exactamente “muerte digna”?

"Paremos el Parlament"

EL Seminario de Doctrina Constitucional comenzó el 26 de enero y en ella participó el magistrado del Tribunal Supremo y magistrado emérito del Tribunal Constitucional Antonio Narváez, quien analizó la STC 133/2021 que condenó por un delito contra las instituciones del Estado a varios participantes en los hechos violentos registrados como consecuencia del movimiento de protesta que llevó a la convocatoria de una concentración frente al Parlament de Cataluña bajo el lema “Paremos el Parlament, no permitiremos que aprueben recortes”. El TC anuló en esa resolución la sentencia de la Audiencia Nacional, quien absolvió a los acusados al entender que actuaron en el ejercicio de un legítimo derecho.

Posteriormente, El 2 de febrero tuvo lugar la intervención del Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid Ángel Sánchez Navarro, quien abordó la STC 107/2025.En esa resolución, el Alto Tribunal rechazó el recurso del ex presidente de AENA Manuel Azuaga contra algunas manifestaciones recogidas en el dictamen emitido por la Comisión de Investigación del Congreso de los Diputados que fue constituida para investigar el accidente del vuelo JK5022 de Spanair ocurrido el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Barajas.

Jesús González García, catedrático de Derecho Procesal también de la UCM, fue el ponente de la tercera sesión, el 9 de febrero, en la que se analizó la sentencia del TC 58 /2018. Se trata de una importante Sentencia del TC que falló a favor del derecho al olvido, estableciendo que buscadores y archivos digitales deben aplicar esta protección a personas no públicas, limitando la indexación de sus nombres y apellidos en noticias antiguas para evitar estigmatización, aunque sin borrar la información original, protegiendo así honor, intimidad y datos personales frente a la libertad de información.

La cuarta sesión tuvo como ponente a Herminio Losada González, Letrado del Tribunal Constitucional, quien trató la sentencia de ese tribunal número 132/2024, en la cual estimó el recurso de amparo interpuesto por una mujer a la que una hermandad religiosa de La Laguna había denegado el ingreso por ser mujer, al considerar que dicha negativa vulneraba el derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE), sin que la libertad de asociación o la tradición religiosa pudieran justificar esa exclusión. En los estatutos de esa hermandad se excluía a las mujeres de formar parte de la misma. El precepto que recogía tal exclusión fue declarado nulo.

Posteriormente el 23 de febrero, el ponente fue Luis Medina Alcoz, Profesor Titular de Derecho Administrativo de la UCM y Letrado emérito del Tribunal Constitucional. En su intervención abordó la STC 161/2025, donde se aborda el recurso de amparo de quien había sido nombrada por el Consejo General del Poder Judicial como miembro de la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea y cuyo acuerdo fue anulado posteriormente por el Tribunal Supremo a raíz del recurso presentado por otro candidato a la misma plaza. EL TC ordenó al Supremo que dictase una nueva sentencia en la que diese respuesta fundadas a las alegaciones de quien presentó el recurso.

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